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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 367759
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVIII; Pág. 255
DESPIDO DEL TRABAJADOR, EXCEPCIONES Y PRUEBAS TENDIENTES A SU JUSTIFICACION.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVIII; Pág. 255
Cuando se opone como excepción alguna causa justificada de despido, al contestar la demanda se deben precisar los hechos constitutivos de la misma, en forma que permita al trabajador defenderse probando lo contrario. Si los hechos se expresan en forma vaga y general, procede tener por no opuesta la excepción, aunque esos hechos se precisen posteriormente por las pruebas que se rindan, ya que la falta de conocimiento oportuno de ellos impide al trabajador defenderse. En consecuencia, no deben tomarse en consideración las pruebas que rinda el demandado, relativas a hechos no precisados oportunamente.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 6064/48. Gasca Teresa. 23 de octubre de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Gilberto Valenzuela. La publicación no menciona el nombre del ponente.