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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 367762
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVIII; Pág. 322
TESTIGOS QUE SON EMPLEADOS DEL PATRON.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVIII; Pág. 322
La jurisprudencia de la Suprema Corte ha establecido que la sola circunstancia de que los testigos del patrón sean empleados del mismo, no invalida su dicho, pero esto no excluye la posibilidad de que la Junta que conoce del juicio pueda, de acuerdo con las circunstancias de cada caso, negarles eficacia probatoria por otras razones.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 2222/53. Luis Navar Corral. 29 de octubre de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Gilberto Valenzuela. La publicación no menciona el nombre del ponente.