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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 367767
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVIII; Pág. 390
PRUEBAS EN MATERIA DE TRABAJO, RECEPCION DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVIII; Pág. 390
Las Juntas de Conciliación y Arbitraje están obligadas a recibir las pruebas ofrecidas por las partes en la forma en que las hayan propuesto, cuando tienen por objeto acreditar los hechos en que se fundan las acciones intentadas en los juicios laborales.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 2060/50. Sindicato de Obreros y Obreras, Tabaqueros y Similares de Nayarit. 4 de noviembre de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Gilberto Valenzuela. La publicación no menciona el nombre del ponente.