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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 367771
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVIII; Pág. 457
TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, CESE DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVIII; Pág. 457
Cuando las faltas en que haya incurrido el empleado han sido sancionadas con descuento de salarios u otras de carácter reglamentario, no puede fundarse en las mismas faltas la solicitud de autorización para cesarlo, porque además de que ello no sería equitativo, la sanción administrativa impuesta implica el perdón de dichas faltas en relación con el despido de que se pudo hacer merecedor el trabajador.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 4820/52. Guerra Guevara Angel. 9 de noviembre de 1953. Unanimidad de cinco votos. Relator: Gilberto Valenzuela.