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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 367779
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVIII; Pág. 547
ACCIONES EN MATERIA DE TRABAJO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVIII; Pág. 547
El ejercicio de las acciones laborales por parte de los trabajadores es un postulado constitucional y, a su vez, una de las finalidades del artículo 123; por tanto, si se intentan acciones improcedentes o se hacen peticiones excediéndose de los términos legales o contractuales, esto puede atribuirse a desconocimiento, muy explicable, que los trabajadores tengan de sus verdaderos derechos o a interpretaciones equivocadas de disposiciones legales, equivocaciones éstas en las que tiene que presumirse buena fe, por el hecho de recurrir en formal demanda ante los Tribunales del Trabajo, los que son encargados de delimitar en sus laudos cuándo y hasta qué punto las reclamaciones obreras son legales; pero no puede considerarse que el solo hecho de presentar una reclamación excesiva es un acto falto de probidad y un intento de fraude.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 6461/50. Petróleos Mexicanos. 12 de noviembre de 1953. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.