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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 367791
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 41
HORAS EXTRAORDINARIAS, PRUEBA DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 41
Esta Suprema Corte ha establecido jurisprudencia en el sentido de que el trabajo en horas extraordinarias debe probarse por el trabajador de momento a momento; por tanto, es inadmisible partir del supuesto de que si durante un mes el horario obligado fue de diez horas, es presumible humanamente, que el mismo horario ha sido la norma de trabajo al servicio del patrón.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 2806/52. Buchaim Alí. 2 de julio de 1953. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.