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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 367792
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 43
APRENDIZAJE, TERMINACION DEL.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 43
Si se pacta que determinado obrero tendrá el carácter de aprendiz durante un lapso precisado en el convenio, y vencido éste continúa el obrero ejecutando la labor que antes desempeñaba, es indudable que debe tenerse por concluido su aprendizaje y debe considerársele como obrero común y corriente con el sueldo que los obreros perciben y no con el que tenía como aprendiz, por el plazo fijado en el convenio debe estimarse como el necesario para el aprendizaje, y al concluirse, o el obrero no es apto y debe despedirse, o modificarse el convenio, o considerársele ya como competente.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 2866/50. Gutiérrez Ortiz Arturo. 2 de julio de 1953. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.