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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 367793
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 45
PRESCRIPCION EN MATERIA DE TRABAJO
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 45
La defensa de falta de acción y la excepción de prescripción no pueden estimarse contradictorias, porque esta última también implica falta de acción y porque la prescripción es cuestión que no atañe al fondo del negocio que se ventila y se resuelve por el juzgador sin el estudio de otras pruebas que las relativas a la prescripción misma; de manera que, si por haberse opuesto, se viera impedido el demandado de oponer las defensas o excepciones que pudiera hacer valer en contra de los hechos de la demanda y la autoridad estimara infundada la prescripción, quedaría sin defensa, lo que sería injusto, e injusto también que, estimando el demandado que tiene defensas y excepciones que oponer, tuviera que prescindir de la prescripción que pudiera favorecerle.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 8669/50. Ferrocarriles Nacionales de México. 2 de julio de 1953. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.