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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 367800
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 305
TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, FALTAS DE ASISTENCIA DE LOS, QUE NO AMERITAN CESE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 305
Si los retardos de un trabajador fueron debidamente sancionados mediante los descuentos hechos, según consta del respectivo expediente personal, resulta que una vez castigado en su conducta por los dichos retardos, es inequitativo que se estimen como motivadores de cese; máxime si ese incumplimiento a las obligaciones, en razón de su número, no reviste las características de gravedad equiparables, por ejemplo, a los tres días consecutivos de inasistencia al trabajo .
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 3887/52. Guerrero Corona Vicente. 13 de julio de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Díaz Infante. Relator: Alfonso Guzmán Neyra.