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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 367810
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 437
AMPARO EN MATERIA DE TRABAJO, DEFICIENCIAS DE LA DEMANDA DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 437
No procede el sobreseimiento cuando la demanda no llena los requisitos del artículo 166 de la Ley de Amparo, por no haber expresado el quejoso verdaderos conceptos de violación sino razonamientos inoperantes, porque el sobreseimiento implica en sí, que hay causa para que no deba entrarse al estudio de los conceptos que contra el fallo se aducen, ya que sin prejuzgar sobre los expresados, se sobresee y, en el caso, para llegar a la conclusión de que no hubo expresión de conceptos ni se señalaron los preceptos violados, tiene que entrarse al análisis de los razonamientos que como tales conceptos expresó el quejoso. Además, cuando es el obrero el que pide el amparo, cabe suplir la deficiencia de la queja y para concluir que deba o no suplirse, tiene que estudiarse lo que el trabajador expresa como conceptos de violación.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 2257/40. Gómez José. 22 de julio de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Díaz Infante. La publicación no menciona el nombre del ponente.