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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 367811
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 438
SUPLENCIA DE LA QUEJA DEFICIENTE EN MATERIA DE TRABAJO
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 438
Para que una queja se estime deficiente, es necesario que la haya y que ésta, por haber sido expresada en una forma vaga o general, o por no referirse a preceptos legales violados, no precise en que consistió la violación, pero pueda inferirse o deducirse que la autoridad responsable pudiera haber incurrido en inexacta aplicación de la ley o en su omisión o en una apreciación de pruebas indebida que produzca indefensión en el quejoso, o que de ser apreciadas en forma lógica sin alteración hubiera llegado a resolutivos distintos de los que se expresan en el laudo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 2257/40. Gómez José. 22 de julio de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Díaz Infante. La publicación no menciona el nombre del ponente.