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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 367830
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 704
PROCEDIMIENTO, VIOLACIONES AL (INCOMPETENCIA DE LA SUPREMA CORTE).
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 704
Si en la demanda de amparo se hacen valer violaciones cometidas durante la secuela del procedimiento, el conocimiento del negocio compete al Tribunal Colegiado del Circuito correspondiente y no a la Suprema Corte.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 1438/52. "La Consolidada", S. A. 17 de agosto de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Díaz Infante. La publicación no menciona el nombre del ponente.