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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 367845
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 1172
RIESGOS PROFESIONALES, DICTAMENES MEDICOS TRATANDOSE DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 1172
Las resoluciones de las Juntas en materia de riesgos profesionales, deben basarse en los dictámenes médicos periciales, ya que no es posible exigir a los miembros de dichas Juntas que posean los conocimientos técnicos necesarios para determinar, por sí, la relación de causalidad que pueda haber entre trabajo y riesgo, especialmente tratándose de enfermedades, ni las consecuencias del riesgo y el grado de incapacidad producida.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 3875/47. Compañía Industrial Saltillera, S. A. 6 de marzo de 1953. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.