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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 367850
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 1191
DESPIDO DEL TRABAJADOR, EXCEPCIONES RELATIVAS A SU JUSTIFICACION.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 1191
Cuando se opone como excepción alguna causa justificada de despido, debe al contestarse la demanda precisarse cuáles son los hechos constitutivos de la misma, en forma que permita al trabajador defenderse probando en contrario. Si los hechos se expresan en forma vaga y general, debe tenerse por no opuesta la excepción, aunque por las pruebas se precisen los hechos, ya que la falta de conocimiento de los mismos impide al trabajador defenderse. Las pruebas que al respecto ofrezca el demandado no deben tomarse en consideración, porque no se refieren a hechos precisados oportunamente.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 2170/48. Espinosa Guadarrama José. 11 de marzo de 1953. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.