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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 367861
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 1306
JUNTAS, PRUEBAS, APRECIACION DE LAS POR LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 1306
Las Juntas de Conciliación y Arbitraje no pueden tener en cuenta en sus laudos los hechos no alegados, aunque estos hecho se prueben, pues de lo contrario violaría el artículo 551 de la Ley Federal del Trabajo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 897/46. Santillán Roberto. 7 de mayo de 1953. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.