Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/367870
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 367870
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 1649
TRABAJO, DEMANDADO EN MATERIA DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 1649
Los obreros no están obligados a conocer pormenorizadamente, la calidad de la persona física o moral del patrón ni el denominativo exacto de la empresa, bastando que se identifique el lugar del trabajo, la naturaleza de la negociación a que prestan sus servicios en función de su objeto, no de su nombre, y que se dé legalmente al propietario o bien al representante de la empresa demandada, la oportunidad de ser oído, citándolo al conflicto, para que reunidos estos requisitos, su acción probada, no resulte estéril a pesar de que obtuvieron resolución favorable.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 2955/52. Flores José. 30 de julio de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Díaz Infante. La publicación no menciona el nombre del ponente.