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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 367884
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 61
CONTRATOS DE TRABAJO, SUSPENSION DE SUS EFECTOS, POR FALTA DE MATERIA PRIMA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 61
Si los patrones acreditaron plenamente la falta de materia prima en las negociaciones de su propiedad, esto es, que la falta de ese producto no les fue imputable, debe advertirse que si la Junta los condenó al pago de salarios caídos durante la suspensión temporal del trabajo, aplicó inexactamente lo dispuesto en la fracción I del artículo 116 de la Ley Federal del Trabajo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 8996/45. Suárez Manuel y coags. 9 de abril de 1953. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.