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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 367893
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 91
ENFERMEDADES PROFESIONALES (SILICOSIS).
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 91
La Ley Federal del Trabajo establece en su artículo 326, fracción IX, que la silicosis se considera enfermedad profesional de mineros, canteros, etc. Esta disposición obedece precisamente a que hay una evidente relación entre la aspiración de polvos de sílice, a que están expuestos esos trabajadores, con la serie de fenómenos patológicos que en el aparato respiratorio se conoce con el nombre de silicosis, la que a su vez puede degenerar en tuberculosis pulmonar; por tanto, la relación de causa a efecto está reconocida por la ley y es innecesario probarla.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 7438/46. The Cananea Consolidated Copper Company. 10 de abril de 1953. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.