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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 367898
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 138
INDEMNIZACION POR MUERTE DEL TRABAJADOR, SALARIO SIN LIMITE PARA LA FIJACION DE LA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 138
El artículo 294 de la Ley Federal del Trabajo, no puede tener aplicación cuando con anterioridad a la vigencia de dicha ley, en el contrato colectivo de trabajo se hubiera fijado, por voluntad de las partes contratantes, el pago de indemnización por riesgos profesionales, sin fijar un límite a la base que debería tomarse en cuenta para la aplicación de las indemnizaciones.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 8203/50. Ferrocarriles Nacionales de México. 15 de abril de 1954. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Quinta Epoca:
Tomo CVI, pág. 760. Amparo directo en materia de trabajo 2769/50. Ferrocarriles Nacionales de México. 20 de octubre de 1950. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.