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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 367905
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 163
AUTOMOVILES, PROPIEDAD DE LOS (CONTRATO DE TRABAJO, EXISTENCIA DEL).
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 163
No porque un automóvil se encuentre registrado en la Dirección de Tránsito a nombre de determinada persona, se prueba su propiedad, ya que ésta, tratándose de bienes muebles, es acreditable ya sea con la factura original o con el título de cesión de los derechos de propiedad, de acuerdo con lo dispuesto por las leyes civiles y mercantiles. Por tanto, de la circunstancia de que el camión en que el actor prestaba sus servicios como chofer, aparezca registrado en la Dirección de Tránsito a nombre de persona distinta del demandado, no se desprende que no haya podido existir relación contractual de trabajo entre actor y demandado; y aun admitiendo que el vehículo efectivamente perteneciera a persona distinta del demandado, no por ello habría que estimar, porque bien pudiera suceder que el propio demandado hubiera celebrado un contrato de arrendamiento con el propietario del vehículo, obteniendo así la posesión del mismo, a virtud de la cual hubiera celebrado el contrato de trabajo con el actor.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 6731/51. Martínez Cesáreo. 17 de abril de 1953. Mayoría de tres votos. Disidentes: Arturo Martínez Adame y Agapito Pozo. Relator: Ernesto Aguilar Alvarez.