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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 367918
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 339
ACCIDENTES DE TRABAJO (FERROVIARIOS).
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 339
Si un trabajador de vía muere a consecuencia de un choque, ocurrido entre el armón en que viajaba y otro vehículo ferroviario, aunque ello acontezca fuera de la jornada normal de labores, es de presumirse que se trata de un accidente de trabajo, a menos que la parte patronal demuestre que el recorrido del armón no tenía ninguna relación con el trabajo, porque fuera sólo accidental, innecesario o puramente placentero, pues el hecho de trasladarse un trabajador de vía, de su residencia al lugar donde se están llevando a cabo construcciones o reparaciones, o de este lugar a su residencia, es indiscutiblemente una consecuencia del trabajo contratado, y si estos recorridos hay necesidad de hacerlos sobre la misma vía y en los armones que al efecto se acostumbren, los riesgos que de esta manera se puedan afrontar, como choques, descarrilamientos, etc., deben estimarse como profesionales.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 3636/49. The Fresnillo Company. 4 de junio de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Arturo Martínez Adame.