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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 367927
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 427
CONTRATO DE TRABAJO, INEXISTENCIA DEL.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 427
No se estará en presencia de un contrato de trabajo con las características que la ley laboral requiere, sino en presencia de un contrato de índole netamente civil, ya de mandato o de prestación de servicios, si el actor no se encontraba bajo la dirección y dependencia de la empresa, entendiéndose estos términos como subordinación, en razón de que desempeñaba el servicio en la forma y tiempo que su experiencia le recomendaba y desarrollando siempre sus comisiones al amparo de los poderes que en especial le otorgaba la empresa.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 61/53. Martínez Padilla Serapio. 8 de junio de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Guzmán Neyra. La publicación no menciona el nombre del ponente.