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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 367942
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 605
VACACIONES.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 605
El artículo 82 de la Ley Federal del Trabajo, que impone a los patrones la obligación de conceder a los trabajadores un periodo anual de vacaciones, persigue el fin de que estos últimos pueden reparar sus energías perdidas en el periodo en que laboran, de manera que si el contrato termina antes de que hubieran disfrutado de ellas, los trabajadores tiene derecho al pago proporcional que corresponda al tiempo de prestación del servicio, a fin de que puedan disfrutar del descanso correspondiente.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 4999/52. Jurado Gallardo José. 22 de junio de 1953. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.