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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 367946
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 661
TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, ABANDONO DE EMPLEO POR LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 661
No constituye condición de procedencia de la excepción de abandono de empleo el que necesariamente se pruebe en el periodo arbitral el perjuicio o perjuicios que se causen al Estado o a los particulares, pues éstos implícitamente se entienden cometidos con la ausencia del servidor público del puesto que tiene encomendado, y a evitar ello tienden justamente las prescripciones contenidas en los artículos 42, fracción VI y 44, fracción I, del estatuto.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 3038/52. Secretario de Hacienda y Crédito Público. 24 de junio de 1953. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.