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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 367952
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 736
ENFERMEDADES PROFESIONALES.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 736
El artículo 307 de la Ley Federal del Trabajo sólo se refiere a agravaciones o atenuaciones de las enfermedades profesionales, fijando un año para poder modificar las condiciones jurídicas del trabajador, de acuerdo con la evolución de la enfermedad; pero cuando ella causa la muerte del obrero, surge una situación jurídica de distinta índole, dado que el fallecimiento es originado por la enfermedad profesional de que adolecía el trabajador; y las responsabilidades patronales surgen precisamente en el momento del fallecimiento, siempre que se acredite la relación de causalidad entre la enfermedad profesional y el deceso.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 5372/51. The Cananea Consolidated Copper Company, S.A. 29 de junio de 1953. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.