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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 367988
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXV; Pág. 453
SOBRESEIMIENTO IMPROCEDENTE EN AMPAROS DE TRABAJO, POR FALTA DE PROMOCION.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXV; Pág. 453
Si el tercero perjudicado solicitó el sobreseimiento en un juicio de trabajo por no haber hecho los quejosos promoción alguna durante más de ciento ochenta días hábiles a partir de la última actuación, invocado como fundamento de su petición los artículos 74, fracción V, y 5o., transitorio de la Ley de Amparo, debe estimarse, que no es procedente decretar el sobreseimiento solicitado, en atención a que la fracción XIV del artículo 107 constitucional y los preceptos de la Ley de Amparo que el tercer perjudicado invocó como fundamento de su petición, se refieren a los juicios de amparo promovidos contra actos de autoridades civiles o administrativas, pero no a las laborales, por lo que tales disposiciones son aplicables en los juicios de amparo en materia de trabajo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 1685/51. Alimentos "Robertson", S. A. y coag. 6 de marzo de 1953. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.