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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 368012
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIV; Pág. 11
TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, CAMBIOS DE EMPLEADOS A LOS (AGENTES FISCALES, FUNCIONES DE LOS).
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIV; Pág. 11
El titular de la Secretaría de Hacienda tiene facultades, de acuerdo con los artículos 13 del Estatuto de los Trabajadores al Servicio del Estado y 62, fracción III, del Reglamento de Condiciones Generales de Trabajo, para promover de un empleo a otro a los empleados de hacienda, para el buen servicio, ya que no son inamovibles los empleados públicos. Por otra parte, como los agentes fiscales, dependientes de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, son empleados cuyas funciones consisten en vigilar que se cumplan los reglamentos y demás disposiciones hacendarias, funciones éstas que se ejercen en todo el territorio del país, carecen de adscripción fija y por lo mismo, no pueden reclamarla, en atención a la naturaleza de sus referidas funciones.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 2654/49. Secretaría de Hacienda y Crédito Público. 2 de octubre de 1952. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.