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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 368035
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIV; Pág. 215
ACCIONES CONTRADICTORIAS EN MATERIA DE TRABAJO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIV; Pág. 215
Las acciones de reposición de trabajo y preferencia a ser ocupado en el trabajo en lugar de nuevos trabajadores tienden a que los trabajadores sean reintegrados nuevamente a su trabajo, de manera que la procedencia de cualquiera de ellas implica el alcance del fin que se persiguió con el ejercicio de las dos acciones y, consiguientemente, no pueden estimarse contradictorias. Es cierto que, prosperare la derivada del despido injustificado, los actores tendrían derecho a salarios caídos, y en cambio, si prosperare la derivada de la postergación, tales salarios no tendrían lugar, sino desde la fecha en que aquéllos fueron postergados y se celebraron contratos con los nuevos trabajadores; pero siendo estos salarios sólo posibles, a virtud de una acción derivada de las otras, no pueden determinar la contradicción en las acciones principales.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 5038/51. Oliva Carmona Severiano y coag. 30 de octubre de 1952. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.