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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 368038
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIV; Pág. 281
TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, SUSPENSION PROVISIONAL DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIV; Pág. 281
La suspensión provisional de un burócrata, obliga al titular a ejercitar, dentro de un lapso perentorio, la acción procesal correspondiente, y si en el caso no la ejercitó ni reconvino al trabajador, la suspensión decretada carecía de fundamento y por ello, el Tribunal de Arbitraje obró legalmente al dejarla sin efecto, condenado al titular a la reposición del trabajador y al pago de los salarios que el mismo dejó de percibir.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 6336/51. Secretaría del Trabajo y Previsión Social. 10 de noviembre de 1952. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.