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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 368044
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIV; Pág. 502
CONTRATO DE TRABAJO INDIVIDUAL PRUEBA DEL.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIV; Pág. 502
El artículo 27 de la Ley Federal del Trabajo, al ordenar que el contrato de trabajo se probará con el documento respectivo, está indicando claramente la única prueba posible, en términos generales, para demostrar la existencia y modalidades de un contrato de trabajo, excepción hecha de aquellos a que se refiere el artículo 26, lo que no quiere decir que no haya otros medios de prueba para demostrar aquellas circunstancias; pero entonces debe estimarse que se trata de casos excepcionales, como en el de los contratos que la misma ley faculta, en su artículo 26, que se celebren verbalmente, o bien, cuando por extravío del documento respectivo, es lícito justificar la existencia del contrato de trabajo por otros medios de prueba.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 1149/52. Morlett Robles Ana Luisa. 4 de diciembre de 1952. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.