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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 368049
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIV; Pág. 505
DESPIDO DEL TRABAJADOR, ACCIONES DERIVADAS DEL.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIV; Pág. 505
De conformidad con la fracción XXII del artículo 123 constitucional, el trabajador puede optar por la indemnización constitucional o por la reinstalación en su puesto, cuando es despedido por el patrón, pero tal opción debe llevarse a cabo en todo caso dentro del mes siguiente al despido, de conformidad con lo establecido en la fracción III del artículo 329 de la Ley Federal del Trabajo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 3454/52. Ramos Pedro. 4 de diciembre de 1952. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.