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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 368061
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIII; Pág. 353
TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, CESE DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIII; Pág. 353
Cuando el titular de una secretaría de Estado o departamento cese a un empleado sin autorización previa del Tribunal de Arbitraje, sólo omite un requisito procesal que puede llenarse a posteriori, y por tanto, su actitud sólo origina responsabilidades transitorias para el Estado, por cuanto a la continuación de los efectos del nombramiento, responsabilidades que se definen cuando se tramita el conflicto provocado por el burócrata.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 3020/47. Farfán Cano Isabel. 28 de julio 1952. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.