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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 368103
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXII; Pág. 357
TRABAJADORES PROVISIONALES AL SERVICIO DEL ESTADO, CESE INOPERANTE DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXII; Pág. 357
Si el Titular de la Secretaría de Educación Pública pretendió cesar a un trabajador por faltas cometidas en el desempeño de un cargo que ocupaba en forma provisional y no por el empleo de base; debe estimarse que tal cese fue injusto, supuesto que implicó una sanción ilegal que no contiene el reglamento de trabajo de la Secretaría de Educación Pública. Ahora bien, aun en el supuesto de que el trabajador se hubiera atrasado en sus labores, no sería procedente cesarlo por diferencias o irregularidades cometidas en un empleo que desempeñó y en el que estuvo con carácter de provisional, mientras se boletinaba la plaza.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 5984/46. Secretaría de Educación Pública. 21 de abril de 1952. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Luis Díaz Infante.