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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 368107
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXII; Pág. 518
LEY FEDERAL DEL TRABAJO, PREEMINENCIA DE LA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXII; Pág. 518
Si un trabajador prestó sus servicios personales a una Logia, como encargado de la guarda de un templo masónico, por cuyo trabajo, se le pagaba una remuneración inferior a la mínima y en un momento dado, se le despidió del cargo sin causa justificada, en atención a que de acuerdo con sus reglas, tenía libertad para designar o remover a su guarda de templo, es indudable, que en tratándose de las actividades y las relaciones de las Logias masónicas con sus miembros, cuando se ventila una cuestión de trabajo referente a las mismas, no deben prevalecer aquellas disposiciones sobre las contenidas en la Ley Federal del Trabajo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 1741/50. Rosa Anastasia de la. 25 de abril de 1952. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.