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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 368111
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXII; Pág. 647
TRABAJADORES PROBIDAD DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXII; Pág. 647
Es cierto que un acto carece de probidad, cometido por el trabajador, es suficiente para que le rescinda el contrato de trabajo, la empresa, sin que se precise que sea delito. Ahora bien, si la falta de honradez se identificó con el delito de robo, pero a pesar de ello, no se siguió proceso alguno al trabajador, corrobórase la inexistencia de las faltas atribuidas a éste.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 641/50. Villafaña Mosqueda Elías. 30 de abril de 1952. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.