Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/368140
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 368140
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXII; Pág. 1249
ACCIDENTE DE TRABAJO (TRABAJADORES FERROVIARIOS).
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXII; Pág. 1249
Si una empresa pretendió acreditar con prueba documental privada, que el accidente que sufrió uno de sus trabajadores, no fue profesional en atención a que si bien aconteció en el lugar del trabajo no fue en horas de servicio, y de la prueba aportada no se desprende que no estaba señalada la hora de entrada y de salida del trabajador a sus labores, ni que hubiera dato alguno por el que se pudiera colegir la presunción de que a la hora de ocurrir el accidente, el trabajador estuviera fuera de servicio, es incuestionable que si la empresa no probó lo contrario con la citada prueba el accidente que sufrió el trabajador debe estimarse como profesional.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 8116/49. Villegas Paulino M. 4 de junio de 1952. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Arturo Martínez Adame. La publicación no menciona el nombre del ponente.