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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
368141
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXII; Pág. 1253

JUNTAS, NO PUEDE SUPEDITAR SUS RESOLUCIONES A LOS FALLOS DE AUTORIDADES DE DISTINTO ORDEN, EN TRATANDOSE DE FALTAS DE PROBIDAD U HONRADEZ.

[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXII; Pág. 1253

Precedentes

Amparo directo en materia de trabajo 5822/51. Murgo Luis. 5 de junio de 1952. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 368141