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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 368169
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXI; Pág. 28
TRABAJADORES EXTRAS, DESPIDO JUSTIFICADO DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXI; Pág. 28
Si el convenio celebrado entre trabajadores y empresa advierte que los trabajadores extras que deben proporcionar el sindicato, sirvieron para mantener el ritmo de la producción y suplir a los que falten al trabajo por vacaciones, licencias, etc., corresponderá a la empresa, además de demostrar que los trabajadores tienen calidad de extras, probar que, en el momento del despido se mantenía el ritmo acostumbrado de producción y que estaban trabajando todos los obreros de planta de la empresa.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 4346/50. "Camas de Metal", S. A. 3 de enero de 1952. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.