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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 368173
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXI; Pág. 33
INCIDENTE DE INEJECUCION EN MATERIA DE TRABAJO, CUANDO NO OPERA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXI; Pág. 33
Las ejecutorias que niegan el amparo y, en consecuencia, dejan firme el laudo que se señaló como acto reclamado, no son susceptibles de ejecución o inejecución y las cuestiones relativas a la ejecución del laudo que quedó firme, no puede ser motivo de incidente de inejecución de la ejecutoria que negó el amparo, sino que se rigen por sus propios preceptos procesales, contenido en la Ley Federal del Trabajo. Cuando estos preceptos llegan a ser violados con detrimento de las garantías individuales, pueden dar origen al juicio de amparo, contra la autoridad que los viola.
Precedentes
Incidente de inejecución en materia de trabajo 18/39. Cooperativa Salinera de los Toldos, S. A. 3 de enero de 1952. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.