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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 368175
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXI; Pág. 45
CONTRATO DE TRABAJO, RESCISION DEL.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXI; Pág. 45
Si el trabajador, después de venir desobedeciendo las órdenes que recibía para que remitiera a la institución en que laboraba, los contratos que por su mediación se celebraban, para su debida autorización por la citada institución, reincidió en tal desobediencia, no obstante que se le daba un término para que hiciera tal remisión, apercibiéndosele de que se le rescindiría su contrato de trabajo si no lo efectuaba, motivó, con fundamento en la fracción XI del artículo 121 de la Ley Federal del Trabajo, que la institución, haciendo efectivo tal apercibimiento y en vista de la desobediencia diera por terminado el contrato de trabajo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 6226/49. Cervantes Alba José. 4 de enero de 1952. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.