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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 368194
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXI; Pág. 248
TRIBUNAL DE ARBITRAJE, ATRIBUCIONES DEL.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXI; Pág. 248
El Tribunal de Arbitraje puede subrogarse en las atribuciones que el estatuto otorga exclusivamente a la Comisión Nacional de Escalafón, porque dicha autoridad tiene perfecta aptitud y competencia para ello, y en los términos del estatuto, ya que fue creado precisamente para dirimir las controversias que se suscitaran entre los trabajadores del Estado y los tribunales respectivos, incluyendo entre ellas los actos relacionados con los nombramientos de los servidores del poder público.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 8548/50. González Naranjo Concepción. 11 de enero de 1952. Unanimidad de cinco votos. Relator: Agapito Pozo.