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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 368228
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXI; Pág. 562
TRABAJADORES, PROBIDAD U HONRADEZ DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXI; Pág. 562
Los actos imputados a un trabajador, no podrán calificarse como falta de probidad u honradez si éstos fueron ejecutados en beneficio del patrón y a efecto de prestar un servicio eficiente, pues aunque efectivamente las faltas de probidad y honradez pueden configurarse aun sin el propósito de obtener un lucro personal, en el caso, el celo del trabajador demandado para desempeñar eficientemente el trabajo que tenía encomendado, llegó hasta desempeñar un trabajo que no le correspondía, sin percibir por él cantidad alguna, puesto que si bien cobraba el sueldo correspondiente al subidor, distribuia éste por partes iguales, entre los peones de su cuadrilla, lo que indudablemente demuestra la falta de dolo en su actitud y la ausencia de todo propósito de defraudar al fisco.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 5332/50. Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas. 23 de enero de 1952. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.