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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 368264
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXI; Pág. 1619
DEPENDENCIA ECONOMICA, CARGA DE LA PRUEBA DE LA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXI; Pág. 1619
Si la dependencia económica de la esposa, hijos legítimos o naturales, menores de dieciséis años y de los ascendientes, se presume, en los términos del párrafo I del artículo 297 de la ley laboral, compete a quien sostenga lo contrario, demostrar el extremo correspondiente, de tal suerte que por tener la calidad de esposa, no estaba obligada a probar su calidad de dependiente económico, carga que sí tiene quien sostenga lo contrario.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 8002/50. González Guadalupe. 7 de marzo de 1952. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.