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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 368288
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXI; Pág. 2216
TRABAJADORES LIBRES, DESPLAZAMIENTO INJUSTIFICADO DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXI; Pág. 2216
Si la Junta responsable consideró que el convenio celebrado entre la empresa quejosa y el sindicato titular del contrato colectivo, no le era técnicamente aplicable a un trabajador, estuvo en lo justo y su decisión es correcta, ya que no era lícito su desplazamiento si no dio motivo al rompimiento de su contrato, y la circunstancia de que fuere trabajador libre, no pudo traducirse en la pérdida del derecho al puesto que venía desempeñando, pues las cláusulas del convenio que invocó la empresa en su defensa, no son otra cosa, que la aplicación de la cláusula de exclusión de ingreso, la que, en la especie, resulta a todas luces inconducente e inaplicable para un trabajador libre, que con anterioridad a la firma del pacto, venía laborando en la negociación.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 5575/50. Empacadora de Ciudad Juárez, S.A. 27 de marzo de 1952. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.