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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 368311
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 146
CONCEPTOS DE VIOLACION EN MATERIA DE TRABAJO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 146
Si no se demandó de la empresa quejosa el pago de un mes de gastos de funerales y no formó parte de la lite la aludida prestación, puesto que ni siquiera se invocó el precepto legal en que pudiera haberse fundado, resulta que la autoridad responsable al incluir en el laudo, lo correspondiente a los gastos de funerales que no fueron reclamados, incurrió en la violación de lo dispuesto por el artículo 551 de la Ley Federal del Trabajo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 4603/50. Ferrocarriles Nacionales de México. 3 de octubre de 1951. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.