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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 368320
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 564
PRESTACIONES DE SERVICIOS (FUNCIONES DE DIRECCION Y SUBORDINACION).
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 564
La circunstancia de que un empleado hubiera sido sub-gerente de determinada empresa y desempeñara funciones de dirección, no implica necesariamente que sus relaciones con el gerente de la empresa quejosa, no fueran de carácter laboral sino mercantil o de otro género, pues aun en esa clase de actividades pueden satisfacerse los elementos que constituyen el contrato de trabajo, conforme al artículo 17 de la Ley Federal del Trabajo; es decir, la prestación de un servicio personal a otro bajo la dirección y dependencia de éste y a cambio de una retribución.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 2943/50. Jiménez Llanos J. Trinidad. 18 de octubre de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Díaz Infante. Relator: Arturo Martínez Adame.