Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/368355
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 368355
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 1603
NULIDAD DE LA RENUNCIA DE LOS TRABAJADORES A SUS DERECHOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 1603
Si en el contrato colectivo celebrado entre trabajadores y empresa se estipuló en una de sus cláusulas, que quedaba al arbitrio del patrón prescindir de aquellos trabajadores que no necesitara para determinadas labores y ocupar a los que se iba requiriendo a medida que los trabajos avanzan o la fase de los mismos lo demande, es indudable que tal cláusula es contraria a lo que dispone el inciso h), de la fracción XXVII del artículo 123 constitucional, que previene la nulidad de las estipulaciones que impliquen renuncia de algún derecho consagrado a favor del obrero, en las leyes de protección y auxilio de los trabajadores por cuanto que se deja al arbitrio exclusivo de la parte patronal, desocuparlos.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 7421/50. Mata Jesús. 26 de noviembre de 1951. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.