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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 368364
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 69
EMPRESAS, FACULTADES DE LAS (VACACIONES DE LOS TRABAJADORES).
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 69
Las empresas tienen facultades para conceder a sus trabajadores, por buenos servicios o por cualquier causa, mayores vacaciones que las estipuladas en el contrato. Lo que no pueden hacer las Empresas, es conceder menores vacaciones que las estipuladas o determinadas por la ley, pero concederlas mayores pueden hacerlo, porque no existe en ello violación contractual alguna.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 7664/50. Pego Ansuátegui Francisco y coags. 2 de julio de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Mariano Ramírez Vázquez. La publicación no menciona el nombre del ponente.