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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 368397
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 799
TRABAJADORES, ANTIGÜEDAD DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 799
La antigüedad una vez establecida en el contrato colectivo, es imprescriptible, mientras esté vigente la relación contractual de trabajo esto es, mientras sirva el trabajador a la empresa y además porque el derecho de antigüedad se adquiere día por día por los ininterrumpidos servicios, y mientras se continúan al servicio de la empresa, no puede comenzar a contarse la prescripción.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 9290/50. Compañía Pullman. 26 de julio de 1951. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.