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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 368399
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 852
PETROLEOS, TRABAJADORES TRANSITORIOS DE LOS, DERECHO PARA EXIGIR EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO DE TRABAJO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 852
Si la Empresa no probó que en determinada fecha hubieran terminado los trabajos de formación de inventario en el que estaba laborando el trabajador y para el que fue contratado transitoriamente como inventarista de primera, es inconcuso que no fue cumplido el contrato en la forma debida y que, por tanto, de conformidad con la cláusula 33 del Contrato Colectivo de Trabajo, el trabajador tiene derecho a que se le paguen las diferencias de salarios entre el que percibió desde esa fecha y el asignado al puesto de inventarista de primera hasta el día en que quedaron terminados los trabajos de levantamiento de inventarios, para lo cual fueron contratados los servicios del empleado y como consecuencia procede que continúe ocupando la categoría de inventarista de primera si aún no se termina de levantar dicho inventario.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 4124/50. Salas Joaquín. 27 de julio de 1951. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.